Facturas en formato estructurado: tendrás la posibilidad emitir facturas en formatos estructurados, al menos en formato FACTURA-E, para facilitar su tratamiento automatizado.
Envío y recepción de facturas: la solución implantada por el Agente Digitalizador de tu elección te posibilitará enviar y recibir facturas electrónicas directamente, al menos por correo electrónico.
Personalización de facturas: las facturas serán personalizables, incluyendo la selección de tu logotipo.
Copias de seguridad periódicas: podrás realizar copias de seguridad, con posibilidad de, al menos, una periodicidad diaria.
Almacenamiento/Histórico de facturas: Si perteneces a los segmentos I, II o III tendrás, al menos, 1 GB para las facturas. Para los segmentos IV y V se proporcionará un almacenamiento de, al menos, 10 GB.
Integración con otras soluciones: la solución deberá disponer de APIs o Web Services para su integración con otras herramientas, así como permitir la carga de datos de manera manual.
Control de vencimiento de las facturas: tendrás un sistema de control del vencimiento de las facturas.
Emisión de facturas verificables: la solución deberá habilitar la emisión de facturas, tanto en papel como de forma electrónica, que puedan ser verificables con la Agencia Tributaria por parte del comprador.
Cumplimiento: podrás asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable, en concreto el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación del Real Decreto 1619/2012, los requisitos del artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y su normativa de desarrollo, así como cualquier normativa de aplicación.
Porcentajes de ejecución asociados a las fases
Primera: 70 %
Segunda: 30 %
Importe máximo de la ayuda
0 < X < 3 empleados: 1.000€ (incluye 1 usuario)
3 ≤ X < 10 empleados: 2.000€ (incluye 3 usuarios)
10 ≤ X < 50 empleados: 2.000€ (incluye 3 usuarios)
50* ≤ X < 100 empleados: 3.000€ (incluye 6 usuarios)
100 ≤ X < 250 empleados: 3.000€ (incluye 6 usuarios)
* En el segmento IV se incluyen las empresas menos de 50 empleados que tengan consideración de mediana empresa al superar el volumen de negocios anual y balance general anual de 10 millones de euros